facebook pixel

Preguntas frecuentes

acerca de Ley 7600

Responsive image

Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.

La CCSS tiene su propia facultad de elegir quienes pueden gozar de dicho beneficio, no obstante, si usted no se ve por satisfecho con la resolución de la CCSS, debe apelar en el plazo establecido. Solo en caso de que no reciba una respuesta, se puede elevar el caso a vía judicial.

No, en DSF usamos el Derecho para ayudar a las personas, eso quiere decir, que debemos acudir a la vía judicial. En derechos fundamentales, la Sala Constitucional es quien resuelve los casos que DSF formula, y en muchas ocasiones la Sala ha indicado que ellos no tienen la potestad para intervenir ante la CCSS para que se asegure a una persona por el Estado. Este seguro debe de gestionarse directamente por el interesado.

Le ayudamos si tiene pendiente algún servicio, medicamento, está en lista de espera o con una cita a largo plazo ante la CCSS.

Le ayudamos cuando la infraestructura o condiciones de un lugar no cumple con lo establecido por ley para el fácil y correcto desplazamiento de una persona con discapacidad.